PROPÓSITO DE LA VISA

El ingreso de un ciudadano extranjero de un país que tenga una inversión basada en un tratado bilateral con los Estados Unidos para desarrollar y dirigir las operaciones de una empresa en la cual haya invertido, o que se encuentre activamente en el proceso de invertir, una suma substancial de dinero (que generalmente se interpreta como más del cincuenta por ciento del valor de la empresa). También se pueden obtener visas para los gerentes o los empleados con conocimientos especializados quienes también sean ciudadanos del mismo país con el cual se tiene el tratado.

E-2 (VISA DE INVERSIONISTA BASADA EN EL TRATADO CON LOS ESTADOS UNIDOS)

a compañía puede brindar empleo al solicitante principal. Este (esta) puede venir acompañado(a) de la esposa (el esposo) y los hijos menores de 21 años, los cuales pueden residir y estudiar en los Estados Unidos, mientras el (la) solicitante principal mantenga vigente su visa E2.

PARA CALIFICAR

  1. Los ciudadanos de un país extranjero, que tenga un tratado bilateral de inversión con los Estados Unidos, deben ser propietarios de más del cincuenta por ciento de la empresa Estadounidense. En este momento, los países participantes son: Argentina, Armenia, Australia, Austria, Bangladesi, Bélgica, Bosnia – Herzegovina, Bulgaria, Camerún, Canadá, Colombia, Congo, Costa Rica, la República Checa, Ecuador, Egipto,
    Estonia, Etiopia, Finlandia, Francia, Georgia, Alemania, Granada, Honduras, Irán, Irlanda, Israel, Italia, Jamaica, Japón, Kazajstán, Kirgistan, Latvia, Liberia, Luxemburgo, México, Moldava, Mongolia, Marruecos, Países Bajos (Netherlands), Noruega, Omán, Pakistán, Panamá, Paraguay, Filipinas, Polonia, Rumania,
    Senegal, Eslovaquia, Corea del Sur, España, Sri Lanka, Surinam, Suecia, Suiza, Taiwán, Tailandia, Togo, Trinidad y Tobago, Túnez, Turquía, Ucrania, Reino Unido, y Yugoslavia. (Por favor pregunte al abogado puesto que otros países pueden ser agregados o eliminados de la lista o puede consultar el website del Departamento de Estado EE.UU.
  2. El inversionista debe tener un negocio establecido, o estar en procedimiento de establecer un negocio activo por medio de una inversión. Una inversión pasiva tal como la compra de una casa no califican para recibir una visa.
  3. La inversión debe representar una suma substancial. En el caso de un nuevo negocio, la cantidad de la inversión debe ser lo que es normalmente interpretado como razonable para establecer una
    empresa viable del tipo elegido. En caso de que sea un negocio ya existente, la inversión debe ser proporcional al valor total de esta empresa. Mientras que no se ha especificado un monto para
    invertir, generalmente se prefiere a la suma de al menos $100,000 como mínimo. Los fondos invertidos deben ser al riesgo de perder. Así que la suma de capital de inversión permitido que proviene de préstamos (los cuales son respaldados por un negocio en vez de bienes personales) dependerá de la cantidad de la contribución monetaria a la empresa. Este factor es evaluado a menudo basándose en una escala de caída, la cual puede ser examinada por el abogado.
  4. La inversión debe crear empleos para empleados que puedan trabajar legalmente en los Estados Unidos. No puede simplemente crear un empleo y un ingreso para apoyar al inversionista y su familia.
  5. La persona que solicita la visa debe desempeñar un papel substancial en la compañía. El debe ejercer como gerente, ejecutivo, persona con conocimientos especiales o simplemente desarrollar y dirigir la inversión. Si está solicitando la visa como inversionista, el debe tener el control de al menos el 50% de la empresa.

DURACIÓN DE LA VISA

Esta es una visa para no inmigrantes la cual es válida por un período de uno a cinco años, dependiendo del tiempo que otorgue el oficial consular que evalúe la solicitud. Mientras que el inversionista principal puede renovar la visa indefinidamente minetras que se mantengan las condiciones del negocio en la forma anteriormente descrita, el debe convencer al oficial consular de que se marchara de los Estados Unidos tan pronto como se venza la visa.

ELEMENTOS NECESARIOS

La siguiente lista contiene los elementos que son recomendados y generalmente incluidos en este tipo de solicitud. No todos los elementos pueden aplicarse a su situación particular. Adicionalmente, Ud. puede poseer elementos y materiales que apoyarían su solicitud los cuales no están enumerados aquí. Ud. debe consultar con el abogado para estar seguro.

  1. Documentos Referentes a la Compañía Estadounidense y a
    la Inversión

    1. Artículos de incorporación y resoluciones corporativas
    2. Certificados de acciones
    3. Contrato de arrendamiento para el local comercial
    4. Fotografías del local comercial
      (Por favor tenga en cuenta que si la compañía estadounidense no existe actualmente, el abogado puede preparar los documentos necesarios para establecer una nueva corporación).
    5. Balances financieros corporativos
    6. Evidencia de la capitalización de una compañía estadounidense lo cual puede incluir: certificados de deposito bancarios, acuerdos de seguridad, líneas de crédito, pagarés, certificados de préstamos, balances de préstamos, transferencias monetarias, etc.
    7. Declaraciones de impuestos corporativos
    8. Estados de cuentas corporativos
    9. Título de las propiedades que posee la compañía
    10. Reporte de liquidación de nomina de los empleados de la Compañía o cualquier otra evidencia sobre los empleados de la compañía
    11. Materiales promociónales
    12. Varias facturaciones realizadas a los clientes
    13. Varias facturas de los bienes o servicios adquiridos por
      la compañía
    14. Contratos con otras personas o clientes
    15. Plan de negocios (un parte muy importante en este proceso)
  2. Documentos Generales
    1. Copia del pasaporte de ciudadano extranjero (como prueba de su ciudadanía en el país del tratado)
    2. Hoja de vida del ciudadano extranjero como prueba de su historia empresarial (Esto es necesario, porque se debe comprobar que el solicitante puede y tiene la experiencia necesaria como inversionista para realizar y dirigir la nueva inversión en los Estados Unidos)
    3. Prueba de sus bienes personales (puede ser requerida)

PROCEDIMIENTO

Si el solicitante se encuentra legalmente en los Estados Unidos, el o ella puede solicitar un cambio de estatus a E-2. En el momento, estos casos están procesado solamente en el Centro de Servicio de California del USCIS (Servicio de Inmigración EEUU). Este procedimiento se lleva a cabo enteramente por correo y el solicitante no necesita comparecer. Si el solicitante se encuentra fuera de los Estados Unidos, la solicitud se presenta al consulado de los Estados Unidos que está en el país de la ciudadanía del solicitante para que esta sea procesada. El segundo método de procesamiento (Consular) es mayormente preferido. La razón se basa en que se concede un cambio de estatus a E-2 en los Estados Unidos y si el solicitante se marcha de los Estados Unidos y desea regresar, él debe solicitar en el Consulado una visa E-2 de reingreso. El procesamiento por medio del consulado evita la duplicación del procedimiento y toma menos tiempo. El consulado usualmente requiere una corta entrevista con el solicitante.

VENTAJAS

La E-2 es una visa de no inmigrante que puede ser renovada indefinidamente mientras que las condiciones que llevaron a su aprobación se mantengan vigentes. Mientras que esta visa no conduce a la condición de residente permanente, puede sin embargo mantenerse por muchos años. Para obtener la residencia permanente como resultado de la inversión en una empresa, el solicitante debe invertir una suma de $1,000,000 (o $500,000 en algunos casos) y brindar empleo de tiempo completo a diez trabajadores. Hay distinciones muy importantes entre la visa de inversionista debido al tratado con los Estados Unidos, y la visa EB-5 de inversionista inmigrante. Por favor consulte con el abogado antes de elegir cualquiera de las dos oportunidades.